25Mar2020

Nuevas condiciones excepcionales para la concesión y comunicación de prórrogas

Crédito y Caución aplica una flexibilidad adicional en el acompañamiento a las necesidades de sus asegurados y acuerda, con carácter inmediato, una ampliación del concepto contractual de prórroga de vencimiento.

Nuevas condiciones excepcionales para la concesión y comunicación de prórrogas

Ante la declaración del estado de alarma, muchos de nuestros asegurados están recibiendo peticiones o comunicaciones de sus clientes en el sentido de retrasar algunos vencimientos de pago ya comprometidos, al menos mientras dure esta situación excepcional.

 

Nuestras pólizas dan un amplio margen al vendedor para negociar con sus clientes los créditos cubiertos, pero en este nuevo escenario Crédito y Caución entiende que es necesario aplicar una flexibilidad adicional en el acompañamiento a las necesidades de sus asegurados.

 

Por ese motivo, con carácter inmediato se acuerda una ampliación del concepto contractual de prórroga de vencimiento. En consecuencia, hasta que la Compañía expresamente indique lo contrario tendrán la consideración de prórroga que no precisa autorización previa, además de los ya previstos en cada póliza:

 

  • Los acuerdos de renovación de vencimientos de pago cuya fecha original sea posterior al 14 de marzo de 2020. A estos efectos, es indiferente que ese vencimiento original corresponda a la fecha de pago inicial o a una renovación anterior de la misma.
  • Siempre que la nueva fecha de vencimiento no se retrase en más de 90 días, contados desde la fecha en la que se alcance el acuerdo.
  • Siempre que un mismo pago original no sea renovado más de tres veces consecutivas.
  • Y siempre que el asegurado tenga una petición escrita de su cliente en este sentido o alternativamente comunique al deudor por cualquier medio escrito la nueva fecha de vencimiento.

 

Esta flexibilización del concepto de prórroga (de la que en todo caso se informará a la Compañía por los cauces habituales) es potestativa para el asegurado. La concesión de una facilidad de pago excepcional a sus compradores depende enteramente de su voluntad. Les recordamos que la concesión de prórrogas a sus clientes no supone el devengo de prima adicional alguna ni modificación de nuestra cobertura, y únicamente produce los efectos de ampliación del plazo facultativo para la declaración del aviso de insolvencia provisional previsto en su póliza.


Acerca de Crédito y Caución


Crédito y Caución es la marca líder del seguro de crédito interior y a la exportación en España desde su fundación, en 1929. Con una cuota de mercado del 50%, lleva casi 90 años contribuyendo al crecimiento de las empresas, protegiéndolas de los riesgos de impago asociados a sus ventas a crédito de bienes y servicios. La marca Crédito y Caución está presente en España, Portugal y Brasil. En el resto del mundo operamos como Atradius. Somos un operador global del seguro de crédito presente en más de 50 países. Nuestra actividad consolida dentro del Grupo Catalana Occidente.

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